23/02/15

Spagna, di nuovo sotto attacco il diritto di aborto

il governo spagnolo, dopo essere stato costretto con la lotta delle donne a fare marcia indietro, ritorna all' attacco del diritto d'aborto, in forma limitata con la proposta della necessità, per le ragazze di 16, 17 anni  , del consenso dei genitori.
Di  seguito i comunicati delle femministe spagnole

El Gobierno cambia de forma limitada y urgente la ley del aborto

El Gobierno aborda de forma discreta, rápida y limitada la reforma del aborto, tras una legislatura de polémicas sobre este asunto. Lo hace con una proposición de ley breve de solo dos artículos y tres disposiciones presentada hoy por el PP que solo afectará al permiso de los padres a las mujeres de entre 16 y 18 años.
Después de una legislatura de dudas y polémica, que provocó la dimisión de Alberto Ruiz-Gallardon como ministro de Justicia, el Gobierno ha optado por esta fórmula rápida que disgusta a sectores más conservadores del partido. Abandona la reforma global y acepta de forma implícita la ley de plazos o, al menos, renuncia a modificarla. La ley de plazos de 2010 está en vigor, pero pendiente de que el Tribunal Constitucional resuelva el recurso presentado por el PP cuando estaba en la oposición.
La norma elimina el apartado 4 del artículo 13 de la ley del aborto (2/2010/ y cambia la ley de autonomía del paciente para que sea obligatorio el permiso de los padres. En caso de conflicto, según el portavoz del PP, Rafael Hernando, se aplicaría el Código Civil.
Hernando ha asegurado reiteradamente en rueda de prensa en el Congreso que no puede haber discrepancia porque se cumple estrictamente el programa del PP. Ese punto del programa es tan ambiguo como que fue invocado durante meses por el Gobierno para sustentar la sustitución de la ley de plazos por una de supuestos restringida.
El portavoz del PP ha dejado en manos del Constitucional el futuro de la ley de plazos.
El Gobierno intentó cambiar la ley a través del plan de familia, pero recibió el varapalo del Consejo de Estado por querer cambiar una ley orgánica con una ordinaria y ahora usa la fórmula de la proposición de ley del PP, muy poco habitual y usada con polémica para eliminar la justicia universal o reformar la legislación antiterrorista.
De esta forma se elude el trámite de informes técnicos y solo se hace obligatorio el consentimiento de los padres para menores que quieran abortar. La actual ley tuvo apoyo de PSOE, UPyD, IU, PNV y convergencia que, de esa forma, apoyaron el conjunto de la norma incluyendo lo relativo a las menores. Solo Unió era partidaria de reformar la ley que ahora puede ser cambiada solo con los votos del PP.


Nota de prensa de ACAI
El PARTIDO POPULAR DESPROTEGE A UNAS 400 MENORES A LAS QUE ABOCARÁ A UN ABORTO CLANDESTINO.

La ley hace de una excepción la norma. Estudios de ACAI confirman que el porcentaje de mujeres de 16 y 17 años que accedieron a una IVE es del 3,60 %; de ellas, tan solo un 12,38%, no pudieron informar a sus padres. Con respecto al total de mujeres que acceden a un aborto, este grupo tan solo representa un 0,44%.
Casi el 90% de las menores informaron y vinieron acompañadas por su tutores a interrumpir su gestación; por lo que podemos afirmar que el PP viene a proteger a unas menores, las que pueden y comunican a sus padres la situación, que ya están protegidas; y viene a poner en riesgo y a ahondar en su desprotección, a las menores que la actual Ley ampara.
Las razones principales por las que una mujer de 16 y 17 años no comunica a sus padres la situación son: desamparo familiar, familias desestructuradas, progenitores en prisión, riesgo de sufrir malos tratos, mujeres emancipadas que residen en el país sin sus padres, enfermedad paterna/materna invalidante, padres abiertamente contrarios al Aborto Provocado o padres que por voluntad propia renuncian a conocer y a acompañar a la menor.
Madrid, 18 de febrero de 2015. El objetivo principal que dice perseguir el Partido Popular con la presentación de esta Ley: proteger a las menores, según se señala en la norma presentada esta mañana, es la primera circunstancia que se perderá con el cambio; ya que son las menores en desamparo, en riesgo social, procedentes de familias desestructuradas…las que gracias al amparo de la actual Ley consiguen interrumpir su gestación de manera legal y con seguridad médica; no permitírselo las abocará a un aborto clandestino, poniendo en riesgo su integridad.
Haciendo una generalización simplista de la situación de las mujeres jóvenes españolas, el PP presupone, tal y como dice su norma, que entre las facultades del ejercicio de la patria potestad con respecto a las menores está el de “velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral”; sin advertir que algunas menores no disfrutan de esas circunstancias, es decir menores en dificultad, sin ese amparo familiar, mujeres que también existen y a las que también hay que darles una opción acorde a sus circunstancias vitales.
El Gobierno además falta a la verdad cuando afirma que “la Ley de 2010 impide a los progenitores y tutores cumplir con la obligación recogida en el Código Civil, privando a las menores de la protección…de poder contar…con la asistencia de quienes ejercen su patria potestad”, ya que hace de la excepción (casi el 90% de las menores vienen acompañadas de sus progenitores) una generalidad.
La Ley del 2010 no solo no impide a las menores comunicar a sus padres la situación, sino que exige que estos sean informados salvo en casos muy concretos y particulares en los que: “la menor alegue fundadamente…conflicto grave, manifestando en el peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo”, es decir, los casos que habitualmente vemos y tratamos en los centros.
Por tanto el PP viene a proteger a unas menores, las que pueden y comunican a sus padres la situación, que ya están protegidas; y viene a poner en riesgo y a ahondar en su desprotección, a las menores que la Ley actual ampara.
El hecho, de que está proposición de Ley reconozca veladamente la posibilidad de “cualquier tipo de conflicto” y que para su resolución apunte a lo previsto para tales casos en el Código Civil, deja clara la intención de “condenar” a las menores en situación de riesgo a una suerte de periplo jurídico, legal y médico que por nuestra experiencia las menores en dificultades no abordarán, recurriendo por el contrario a soluciones clandestinas.

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